Constituir una sucursal o filial en España

Constituir una sucursal o filial en España

Constituir una sucursal o filial en España

Posibles opciones para empresas extranjeras que desean establecerse en España

Si ya sois una empresa en vuestro país y queréis constituir una empresa en España, además de constituir una sociedad limitada independiente, tendréis la posibilidad de constituir una sucursal o filial españolas.

A continuación resumimos las principales diferencias legales y fiscales existentes. Para poder tomar una decisión sobre vuestro caso en concreto, será necesario un análisis pormenorizado por parte de nuestro fiscalista.

 

SUCURSAL

FILIAL

Capital mínimo

 

No se exige un capital para  la creación de una sucursal, aunque se recomienda dotarlo por motivos prácticos.

Sociedad anónima (S.A.): 60.000 euros

Sociedad Limitada (S.L.): 3.000 euros

Personalidad jurídica

No (no tiene personalidad jurídica propiam sino que es la misma persona jurídica que la sociedad matriz).

Sí.

 

Órgano de administraión y gobierno

Representante residente en España (quien actúa como apoderado de la sucursal en representación de la sociedad matriz a todos los efectos, y en particular a efectos fiscales).

 

Lee más aquí sobre nuestros servicios de representación y gerencia para sociedades.

 

( BURASI TIKLANABILIR OLACAK VE BAŞKA BİR METNE GÖNDERECEK. HENÜZ METİN HAZIR DEĞİLDİR.)

Junta General y órgano de administración.

 

Responsabilidad accionistas/ socios

No existe límite a la responsabilidad de la sociedad matriz.

La responsabilidad de los accionistas/ socios de una S.A. O  S.L. respecto de las deudas de la filial está limitada al importe de sus aportaciones de capital (salvo algunas excepciones).

 

 

 

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